La Unión Europea, mediante la Directiva 2003/59 CE estableció una nueva formación obligatoria para conductores profesionales que en el Estado Español, y por lo tanto en Cataluña, se regula al RD 1032/2007 de 20 de julio.
Esta formación tiene como objetivo mejorar la seguridad, la competitividad y la profesionalidad del transporte por carretera.
Para el conjunto – mayoritario- de conductores y las conductoras no obligados a obtener la calificación inicial, por haber ejercido profesionalmente antes de la fecha de entrada en vigor de esta normativa, se estableció un sistema *esglaonat en cinco años para la realización de cursos de formación continua y la obtención del certificado de aptitud profesional.
Fué este 11 de septiembre de 2011 cuando empezó la obligatoriedad para los conductores y las conductoras de vehículos de las categorías de permisos de conducción D1, D1+*E, D y D+*E, es decir, autobuses y autocares, de obtener su primer certificado de aptitud profesional acreditativo de haber superado un curso de formación continua de 35 horas de duración de acuerdo con el siguiente calendario: .
• Titulares de permisos de conducción con número acabado en 1 o 2, antes del 10 de septiembre de 2011.
• Titulares de permisos de conducción con número acabado en 3 o 4, antes del 10 de septiembre de 2012.
• Titulares de permisos de conducción con número acabado en 5 o 6, antes del 10 de septiembre de 2013.
• Titulares de permisos de conducción con número acabado en 7 o 8, antes del 10 de septiembre de 2014.
• Titulares de permisos de conducción con número acabado en 9 o 0, antes del 10 de septiembre de 2015.
En cuanto a los conductores y las conductoras de vehículos de las categorías de permisos de conducción C1, C1+*E, C y C+*E, camiones y vehículos destinados al transporte de mercancías, la obligatoriedad de obtener el primer certificado de aptitud profesional acreditativo de haber superado un curso de formación continua, será a partir del 11 de septiembre de 2012 en los siguientes plazos:
• Titulares de permisos de conducción acabado en 1 o 2, antes del 10 de septiembre de 2012.
• Titulares de permisos de conducción acabado en 3 o 4, antes del 10 de septiembre de 2013.
• Titulares de permisos de conducción acabado en 5 o 6, antes del 10 de septiembre de 2014.
• Titulares de permisos de conducción acabado en 7 o 8, antes del 10 de septiembre de 2015.
• Titulares de permisos de conducción acabado en 9 o 0, antes del 10 de septiembre de 2016.
La formación continua se tiene que revalidar cada cinco años mediante un nuevo curso formativo de 35 horas.
Autoescuela l'Asfalt es centro autorizado CAP en Sabadell con número 4067 para realizar estos cursos
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